¿El 82% móvil existe realmente en Argentina?
Guía Legal 2026 | Dra. Romina Quadrini
Es una de las frases más escuchadas en los pasillos de Tribunales y en los medios de comunicación: "Quiero cobrar mi 82% móvil". Sin embargo, para la inmensa mayoría de los trabajadores argentinos, el 82% móvil no existe como regla general.
La Ley General: Ley 24.241
Bajo el régimen general (el empleado de comercio, el administrativo, el metalúrgico, el trabajador autónomo, etc.), la jubilación no se calcula como un porcentaje directo del último sueldo. Se calcula haciendo un promedio actualizado de los últimos 10 años de aportes. Quienes se jubilan bajo este régimen general suelen cobrar entre un 50% y un 65% de su sueldo en actividad.
¿Quiénes SÍ cobran el 82% móvil?
Existen algunos regímenes especiales y de excepción que fueron creados por leyes específicas donde sí se garantiza un haber inicial equivalente al 82% (o 85%) del último sueldo cobrado. Entre ellos están:
- Docentes (Nacionales y Universitarios)
- Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial
- Investigadores Científicos y Tecnológicos
- Personal del Servicio Exterior de la Nación (Diplomáticos)
- En algunas provincias, los empleados públicos provinciales (si su caja no fue transferida a la Nación).
El caso del 82% del Salario Mínimo
Existe una cláusula legal que a veces confunde a la gente. La ley dice que aquellos jubilados que aportaron 30 años reales y efectivos (sin usar moratorias) tienen garantizado que su haber mínimo no será inferior al 82% del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) vigente. Esto no significa que cobren el 82% de "su" sueldo, sino el 82% del Salario Mínimo del país.
Los Juicios por Reajuste
Muchos jubilados del régimen general inician juicios de reajuste exigiendo el 82% móvil porque consideran que la jubilación que cobran es confiscatoria respecto al sueldo que ganaban. Si bien la Corte Suprema (Fallo Badaro, Elliff) ha ordenado mejorar los índices de actualización de los sueldos viejos para subir el haber, la Corte ha aclarado repetidas veces que el "82% móvil no es un derecho constitucional automático" para el régimen general.
¿Tu jubilación es muy baja comparada a tu sueldo?
Podemos revisar la liquidación de ANSES y verificar si existen errores de cálculo que ameriten un reclamo administrativo o judicial.
Consultar por Reajuste